sábado, 21 de marzo de 2015

LIMITACIONES Y PROHIBICIONES SINDICALES

LIMITACIONES Y PROHIBICIONES 
DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL EN COLOMBIA

Los sindicatosUn sindicato es la unión asociativa, de trabajadores: obreros y empleados, agrupados por rama de actividad, para defender sus intereses comunes, y derechos como trabajadores, frente a los abusos de los patrones, que afecten su salario, las condiciones laborales, o su seguridad, subordinando los intereses individuales al bien común del grupo al que representan. Hay sindicatos de camioneros, de trabajadores de la construcción, de obreros metalúrgicos, de docentes, de empleados de comercio, etcétera.

Los sindicatos, integrados libremente por los propios trabajadores en actividad, y correspondientes al oficio o empleo al que el sindicato se refiere, representan a los trabajadores y negocian en sus nombres. Cualquier trabajador puede integrar un sindicato o abstenerse de afiliarse, o una vez afiliado, tiene el derecho de desafiliarse.


PROHIBICIONES  DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL

    Hace muchos años los expertos y el Comité de Libertad Sindical han expresado al gobierno colombiano su preocupación por las graves prohibiciones normativas respecto al derecho de huelga.
    Porque son múltiples las limitaciones a este ejercicio. Encontramos ocho, a saber:
    • Se limita la huelga a federaciones y confederaciones.
    • Se prohíbe la huelga en empresas o servicios públicos que no son esenciales en sentido estricto

    • .
    •  No existe servicio mínimo para garantizar la huelga en servicios públicos esenciales en sentido estricto.
    • Está prohibida la huelga en modalidades diferentes al cierre total de la empresa. No se pueden hacer huelgas locales, parciales, entre otras. Se permitir el despido de trabajadores que han participado en huelgas ilegales, sin necesidad de un juicio justo.
    • Se imponen mayorías absolutas para celebrar huelgas, incluso en empresas con gran cantidad de trabajadores o distribuidas por todo el país.
    • Se permite que un Tribunal de Arbitrariamente pueda obligar a terminar una huelga antes de la solución del conflicto colectivo.
    • Se permite que autoridades administrativas hagan injerencia indebida para que los trabajadores no sindicalizados levanten la huelga por votación.
    La más reciente violación se dio a partir de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia contra Anthoc, que declaró ilegal la huelga efectuada en los hospitales pese a que esta organización sindical garantizó la prestación de servicios mínimos. Según el concepto de los jueces, la ilegalidad se derivó de “poner en riesgo” los derechos de los pacientes. Es decir, generó una prohibición absoluta al ejercicio de la huelga que puede contaminar los demás servicios públicos.
    Ante tantas prohibiciones, ¿por qué las autoridades han permitido estos límites? Si no tomamos en cuenta los intereses económicos y políticos de los empleadores o gobiernos, la respuesta parece ser fácil. Porque nos han hecho creer que la huelga es un mecanismo de presión para mejorar salarios, y no un derecho. Autores como Perdomo (2015), o Sánchez (2008), han afirmado que el error radica en concebir la huelga solo como una etapa de la negociación colectiva. Entendida así la huelga tendría que limitarse por intereses superiores, como la vida, la salud, la seguridad; o por intereses no superiores, como la educación, la economía o la prestación del servicio.
    Pero si entendemos que la huelga no es un mecanismo de presión, sino un derecho para defender derechos laborales, la línea de los límites es diferente. La huelga es un derecho para garantizar el salario móvil, el cumplimiento de las condiciones laborales, las condiciones de salud, seguridad social (Ley 584 de 2000, art. 7); o para proteger de manera solidaria (C-201/02) o ante políticas públicas que afectan directamente los derechos laborales (C-858/08).
    En un contexto laboral como el de Colombia, el derecho de huelga como libertad para defender derechos y condiciones laborales, no solo es una concepción necesaria, sino una realidad inmodificable. Por efecto de una ley o por una discusión no desaparecerá el derecho de huelga. El último informe nacional de trabajo decente realizado por la Escuela Nacional Sindical muestra cómo en los últimos años ha aumentado de manera progresiva el uso de huelgas en Colombia. Durante 2013 la dinámica de la movilización sindical y laboral produjo 364 protestas laborales y sindicales, 74 más que en 2012, lo cual indica un incremento del 25,5%. Y en los últimos cinco años se rompió el récord histórico de movilizaciones que lleva la ENS
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Lo cierto es que las mayorías en el Congreso de la República podrán borrar el ejercicio del derecho de la huelga, y los empleadores no deben continuar con su intento de prohibirlo o ignorarlo. Por el contrario, y desde su perspectiva, sería mucho más gravoso que no se regulara el ejercicio de la huelga.
En el marco normativo latinoamericano, la mejor y más importante norma sobre huelga que define límites mínimos y máximos, es el protocolo de San Salvador, que en su artículo 8 dice: “Los Estados partes garantizarán: a) el derecho de los trabajadores a organizar sindicatos y a afiliarse al de su elección, para la protección y promoción de sus intereses […]. Los Estados partes también permitirán que los sindicatos, federaciones y confederaciones funcionen libremente. b) El derecho a la huelga. El ejercicio de los derechos enunciados precedentemente sólo puede estar sujeto a las limitaciones y restricciones previstas por la ley, siempre que éstos sean propios a una sociedad democrática, necesarios para salvaguardar el orden público, para proteger la salud o la moral públicas, así como los derechos y las libertades de los demás

Los miembros de las fuerzas armadas y de policía, al igual que los de servicios públicos esenciales, estarán sujetos a las limitaciones y restricciones que imponga la ley”.El mandato es claro: permitir el ejercicio de la huelga en la mayor medida posible, y limitar (sin prohibir de manera absoluta el derecho humano de huelga) solo para casos predeterminados en la ley y por razones amplias y suficientes




                                         HISTORIA DEL TRABAJO EN COLOMBIA

miércoles, 11 de marzo de 2015

BELGICA ESTRECHA LAZOS CON LA USO

LA CENTRAL SINDICAL DE BÉLGICA ESTRECHA LAZOS DE COOPERACIÓN CON LA USO

16Stefan De Groote, de la FGTB (General Labour Federation of Belgium), confirmó su respaldo a Colombia por “el trabajo que hay por hacer aquí con la USO y con los trabajadores en el sector de las flores. Puedo apoyar la lucha de los trabajadores y los sindicatos en Colombia”.

Una comisión del Sindicato Socialista de Bélgica, que es el equivalente a la CUT en Colombia, se encuentra en nuestro país estrechando el lazo solidario con la USO. 

La FGTB y la CUT han mantenido una serie de intercambios de experiencias entre ambos países, que funcionan como c

omplemento del proyecto con la USO y consiste en visita al terreno. 

Recientemente, hace dos semanas, hubo un hermanamiento entre una subdirectiva del sindicato belga y las subdirectivas en Barrancabermeja y Cartagena de la USO, como los centros más grandes del sector petrolero de Colombia. Dos representantes de la Corporación y la USO tuvieron la oportunidad de compartir sobre técnicas educativas en el marco de la capacitación sindical. 

Uno de los puntos que más llamó la atención fue la presentación de las nuevas tecnologías que utilizan en la capacitación de las bases. La USO mostrósu plataforma virtual para instruir a los dirigentes de manera virtual. De Groote destacó ese adelanto. “Es único, no tenemos referencia de este tipo de capacitación por fuera y nosotros tampoco. Ya estamos hablando de crear una plataforma virtual”. 

El plan estratégico para la creación del Sindicato Único de los Trabajadores minero-energéticos concibe un punto específico sobre comunicaciones que incluye un aula virtual en www.cusme.org. Una táctica de avanzada donde los trabajadores pueden recibir formación sindical desde cualquier lugar del país y tener contacto dinámico con sus tutores. 


Finalmente, el delegado de la FGTB no pudo evitar referirse a la crisis petrolera y los despidos masivos en el país. “Es un desastre. Afortunadamente este país tiene un sindicato muy fuerte que tiene la capacidad de enfrentar este reto. No puede ser que los trabajadores paguen el precio de lo que está pasando en el sector petrolero y me parece que en Colombia los trabajadores son los únicos que pagan el precio”.